Picture of Staff IXA
Staff IXA

Tus metas, son nuestras metas.

¿Es ilegal grabar a servidores publicos?

Compartir post

Debido al Abuso de autoridad de ciertos oficiales de la ciudad de México, como del estado de México, la gente a optado por recurrir a la transmisión en vivo mediante sus redes sociales o la grabación de video, para así poder protegerse de la mala praxis de los funcionarios y/o servidores públicos, Recuerda el video debe ser realizado por ALGUN INTERES PUBLICO, O PARA PROBAR ALGUN HECHO Y ASI PODER TENER UN ELEMENTO DE PRUEBA.  Vamos al punto, de acuerdo con el Art. 7 de la constitución política de los estados unidos mexicanos:

Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.”

Por lo tanto, no es ilegal grabar a los servidores públicos en la república mexicana.

¿Qué es un servidor público? de acuerdo con el sitio oficial del gobierno de México:

“El Servidor Público es la persona que desempeña un empleo, cargo o comisión subordinada al Estado y está obligada a apegar su conducta a los principios de legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia.

Pero el oficial me dijo que es ilegal, y que no da su consentimiento, que me puede hasta demandar, ¿Qué hago? Volvemos al punto inicial, al ser servidor publico y de acuerdo con el Art. 7, no puede prohibirte, ni violar tu derecho como ciudadano mexicano y que está respaldado por la máxima Ley de México: la constitución política de los estados unidos mexicanos,  que en pocas palabras, la Suprema Corte en su interpretación ha adoptado tres niveles en la jerarquía normativa: primero, la Constitución; después, los tratados; y, finalmente, las leyes federales y locales.

¿Derechos de imagen de un servidor público?

Del Articulo 21 de la LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA VIDA PRIVADA, EL HONOR Y LA PROPIA IMAGEN EN EL DISTRITO FEDERAL

El derecho a la propia imagen no impedirá:

  1. Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público que sean de interés público.
  2. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
  • La información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

Centro de Ayuda Ixa

Consulta nuestros tutoriales y preguntas mas frecuentes en el Centro de ayuda Ixa. Toda la información que necesitas a tu alcance.

¡ L i s t o !

Recibirás un correo en tu bandeja de entrada como parte del proceso y como confirmación de que hemos recibido tu peticion.

¡ L i s t o !

El pago que recolectaste ha quedado registrado exitosamente.
Pide a tu cliente que verifique su comprobante de pago en su correo electrónico proporcionado.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.